martes, 26 de abril de 2011

GUIA BASICA PARA EMPRENDER UN VIAJE..

Últimamente he leído varios post con las típicas dudas previas a un viaje largo con la moto, y como, si el tiempo lo permite, el viernes emprenderé mi 3º viaje "largo", y me he pegado ya varios viajecitos de aprox. 1.000 kms de i/v, creo que sería buena idea que entre todos fuéramos construyendo un post que sirviera a las almas moteras con ansias de subirse a la moto y hacer kilómetros por primera vez.

Lo he dividido en varias secciones, que podemos ir modificando según se os vayan ocurriendo:

1- El viaje
2- La moto
3- Accesorios
4- Equipo
5- Haciendo la maleta
6- Alojamiento
7- Papeleo y burocracia


Bien, comencemos...

1- EL VIAJE

Lógicamente existen muchos tipos de viaje y muy diversos motivos para emprenderlo: vacaciones, ir a un GP, visitar amigos en otros países y hasta por puro aburrimiento En base a ello deberíamos de adaptar la planificación de las etapas y el tipo de carretera que vamos a elegir.

Yo no soy partidario de coger autopistas/ autovías, de hecho trato de evitarlas todo lo que pueda (a no ser que lleve prisa o sean puras etapas de transición). En mi (aún) corta experiencia, hacer más de 500-600 kms al día no es muy ecomendable, siempre hablando de nacionales/ secundarias.Yo creo que el viaje en sí es el fin, no el medio, y por ello prefiero ir por una nacional, que por muy aburrida que sea, vas pasando por diferentes pueblos, te entretienes adelantando camiones y de vez en cuando ves algún paisaje que te sorprende. En autopistas todo es muy monótono, y por ello aburrido. Y aunque no lo creáis, cansa más. Fuera de España, yo lo que suelo hacer es basarme en el Google Maps, y a partir de ahí ir dibujando la ruta, aunque luego puedan surgir modificaciones.

2- LA MOTO

Para lanzarse a la carretera y hacer kilómetros, cualquier moto sirve. He visto y leído crónicas de gente que ha ido a pingüinos desde Valencia en scooters de 50 cc., gente que se ha dado la vuelta al mundo en una moto rusa de 125 cc. hasta un loco que se dio la vuelta al mundo en una R1 (y creo que fueron más de 200.000 kms), así que en teoría cualquier moto sirve. Las ganas y la ilusión puede con todo. Ahora bien, hay que hacer algunas revisiones previas a emprender el viaje, después equiparla a tu gusto y tratar de salir con todo revisado y atado.

En primer lugar, revisar lo típico: niveles de líquidos, presión del aire, pastillas de freno y vida que le quedan a los neumáticos. Esto es importante, ya que aunque en Europa hay tiendas de motos, no creo que sea agradable hacer eso en el extranjero, en una lengua que no conozcas. Pero el principal motivo es el de ir tranquilo y relajado, disfrutando del viaje; no hay nada peor que ir con una preocupación mecánica de la moto, el viaje puede convertirse en un tormento.

3- ACCESORIOS

Siguiendo con la moto, haremos una lista con todo lo que deberíamos llevar para sentirnos cómodos y seguros en nuestro periplo. Aquí ya entran las manías y gustos de cada uno, yo os pego lo que he llevado y he echado en falta en mis pocos viajes:

- GPS: es importante que esté actualizado con las carreteras de los países que visitaremos, obvio. Se puede llevar tanto en la bolsa sobre-depósito, o en el manillar si se quiere curvear simplemente. Yo tuve en mi bandida un soporte la mar de práctico, se llama Motoon y no es caro:


- mapas: nunca os guiéis únicamente por el GPS, NUNCA. A mí me metió el jodío en un tren sin quererlo ni beberlo, y aunque me dio para contar la anécdota y conocer a un suizo parlanchín experto en túneles, en aqel momento me cagué en el señor Tom Tom


- toma de corriente tipo mechero: en mi caso la necesité para el GPS, aunque supongo que llegado el caso nos sacaría de un apuro para el móvil, etc. me hizo la ñapa el mecánico.

- si no eres amigo del aire, una cúpula elevada no vendría mal. Yo al llevar bolsa sobre-depósito elevada no me hizo falta.

- bolsa sobre depósito: muy necesaria, no solo como elemento de almacenaje, sino para poder meter las cosas de tener "a mano": cartera, papeles, móvil, cartera, etc.

- Alforjas/ pulpo/ maletas laterales/ baúl: esto ya a gusto del piloto. Yo me he conformado con unas prácticas alforjas de Louis, bien simples, útiles y cómodas, éstas:

Muy importante que todos los elementos de almacenaje tengan sus bolsas impermeables, y que éstas estén a mano y sean fáciles de montar (llegado el caso, en pleno diluvio, en apenas 1 minutos ya está todo calado)

- candado: por si las moscas, aunque en el extranjero no suele haber problemas, más que nada si te apetece dejar el casco en la moto para dar un paseo.

- spray para engrasar cadena: a no ser que lleves cardan, tocará darle a la cadenita

- spray anti-pinchazos: yo nunca lo he llevado, pero pensándolo bien, creo que sería lo suyo llevar uno porsiaca(llama tú a la asistencia en pleno puerto de la Bonaigua )

- llave de repuesto: imagina tu cara cuando, con la moto cargada para re-emprender el viaje, digamos en Austria, te das cuenta que la llave no está por ningún lado

- refuerzo blandito para el asiento: en mi primer viaje a los Alpes, lo que más sufrí no fue ni muñecas, ni cuello, ni espalda... mi querido pompis llegó casi al rojo vivo, así que al año siguiente, antes de hacer la Transpirenaica, encargué por internet ésto:

no es la panacea, lo suyo sería un asiento de gel a medida, pero si no quieres desenfundar 200€ es un buen remedio para no volver a casa con la bandera de japón en el culete

- cinta americana: siempre viene bien para arreglar cualquier faena provisionalmente. Yo en plena bajada de puerto aplino me di cuenta que llevaba el plástico de la matrícula e intermitentes colgando

- bridas: idem, siempre te pueden sacar de un apuro

- trapo: imprescindible para ir sacando los malditos mosquitos de la visera

http://debates.motos.coches.net/showthread.php?t=263980

COMPRAR O VENDER UNA MOTO DE SEGUNDA MANO

Para poder hacer una compraventa de una motocicleta, o de un vehículo en general, se necesita la documentación siguiente:

1.Permiso de circulación del vehículo (original y fotocopia)


2.Ficha técnica de la ITV, si se da el caso (original y fotocopia)

3.Justificante de pago del impuesto de circulación de vehículos a motor (original y fotocopia)

4.DNI del comprador y del vendedor; en caso que uno de los dos no asista al cambio de nombre será necesaria una copia compulsada del mismo (para que desde tráfico puedan asegurarse que es un documento nacional de identidad verdadero)

5.Contrato de compraventa del vehículo, dónde deberá figurar el nombre y el DNI de las dos partes (comprador y vendedor), los datos del vehículo (marca, modelo, matrícula, número de bastidor) y por último, el precio de venta del vehículo. Dicho contrato deberá estar firmado por el comprador y el vendedor y es recomendable que sean tres las fotocopias del mismo; quedándose un ejemplar el comprador, otro el vendedor y el último la Dirección General de Tráfico. Puedes descargarte un ejemplo de contrato de compra venta de motos aquí: Contrato de compra-venta moto

6.Y por último, será necesario, el Impreso de solicitud de cambio de nombre de un vehículo. Este impreso se puede adquirir en tráfico de forma totalmente gratuita y deberá ser firmado también, por ambas partes.
Una vez poseemos toda esa documentación deberemos seguir tres sencillos pasos para poder hacer efectivo el cambio de nombre:

1.Abonar, ante todo, el impuesto de transmisiones patrimoniales (el modelo 620) ante Hacienda de la Comunidad Autónoma dónde se resida, aportando toda la documentación anterior para así agilizar el trámite. El abono de este impuesto puede realizarse por Internet si el domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Cataluña, Islas Baleares, Madrid o Murcia; si se realiza éste trámite por Internet se obtendrá un Código Electrónico de Transferencias (CET) que sirve para poder probar que se ha cumplido con la obligación fiscal. Link al modelo 620 www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/620/mod620e.pdf
2.Desplazarse hasta una Jefatura de Tráfico, siempre tendrá que ser la Jefatura del domicilio del vendedor, la Jefatura del domicilio del comprador o la de la provincia de matriculación del vehículo.

3.Y como tercer y último paso, se deberán abonar las tasas (importe diferente para cada tipo de vehículo) en la Jefatura de Tráfico que se haya elegido; y aportar toda la documentación necesaria para el cambio de nombre del vehículo antes explicada. Llegados a este punto ya tendremos realizado el cambio de nombre del vehículo a motor del que se trate.

Desde la DGT se exponen algunos consejos para este tipo de trámites; si eres el vendedor del vehículo, se recomienda que nunca entregues tu vehículo sin tener en las manos el original o fotocopia del contrato de compraventa debidamente firmado (en caso de particulares) o una factura si se entrega el vehículo a un compraventa. Además de poseer una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (en caso de una persona física) o del CIF (en caso de una empresa). La DGT, también considera importante que en el contrato o factura se indique la hora de entrega del vehículo, para así librarse de malentendidos sobre posibles multas de radares. Finalmente, cómo vendedor del vehículo, la Dirección General de Tráfico aconseja que pidas al comprador, en un plazo de 15 días te remita una copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre.

En cambio, si eres el comprador del vehículo, desde la DGT también se establecen algunos consejos que puedes seguir. Si se ha adquirido un vehículo en un compraventa, normalmente será la misma empresa quien se encargará del cambio de nombre, y te entregará la Tarjeta de la ITV y del permiso de circulación ya a tu nombre. Pero si por el contrario, se ha adquirido el vehículo a un particular; como comprador deberás quedarte con el original o una fotocopia del contrato de compraventa, con una fotocopia del Documento Nacional de Identidad del vendedor, la solicitud del cambio de titularidad del vehículo firmada por ambas partes, y finalmente, la documentación del vehículo ya a tu nombre (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite).

NOTIFICACION DE TRANSMISION DE VEHICULOS:
www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/9.07A-Castellano.pdf

SOLICITUD DE TRANSMISION DE VEHICULOS:
www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/04_Cambio_de_Titularidad_del_Vehiculo.pdf
www.100x100moto.com/gestiones-para-comprar-o-vender-una-moto-de-segunda-mano.html

SINTOMAS MAL ESTADO DE LOS FRENOS..

De todas esas situaciones peligrosas que pueden darse en la conducción de motos, la menos deseable para convertirse en falsa es la que concierne a los frenos. Que fallen los frenos o que no nos respondan con eficacia cuando los necesitamos es un síntoma de que la cosa puede acabar francamente mal.


Pero tranquilos, con un buen mantenimiento de los frenos, hecho por ti o en tu taller de confianza, podemos quitar una variable de incertidumbre para el funcionamiento de nuestros queridos amigos. Lo preocupante en general empieza cuando un amplio porcentaje de los usuarios de motos no reconocen los síntomas que anuncian un próximo fallo de los frenos, o la pérdida considerable de prestaciones de frenado. Vamos a enumerar situaciones y “sentimientos” que pueden darnos pistas sobre cómo están los frenos, y qué podemos hacer.



Entiende los frenos: uso, manías, señales de aviso
El tipo de conducción que practiques es clave para determinar los desgastes típicos que se van a producir en tu vehículo. Si abusas demasiado de la maneta, manetas o pedal de freno o si eres agresivo con ellos apurando la frenada hasta casi el vértice de la curva, puedes desgastarlos antes de tiempo o agotar sus propiedades de retención (el fading de los frenos). Además, si no ponemos en práctica las técnicas de conducción eficiente, o bien si ignoramos por sistema las ventajas del freno motor, la vida útil de los sistemas de frenado de tu moto disminuye. No es difícil de aprender, pero si tenemos la manía de usar los frenos para todo, al menos tengámoslo en cuenta.



Las claves básicas de este bloque se resumen en:

Procura ser dulce en tu pilotaje. Usa cada mando en su justa medida y alargarás la vida útil de los componentes.


Evita el sobrecalentamiento de los frenos: no abuses de los frenos y procura utilizar la retención por freno motor al bajar velocidades.

Pon atención a los indicadores de desgaste de las pastillas (hendiduras longitudinales): haz que te los miren.

Síntomas detectados al apretar la maneta, manetas o pedal de freno

Cuando circulas con tu moto, ésta transmite todo lo que va sucediendo a medida que avanzas. Bien sea un neumático que ha perdido presión, las irregularidades del terreno, o cualquier síntoma extraño que notemos cuando accionamos la maneta, manetas o pedal de freno, todos los pilotos notamos (o deberíamos) qué está pasando con nuestra moto, así que esto es muy importante para lograr anticiparse ante un fallo inminente de los frenos, o a las situaciones de pérdida de eficacia de los mismos.

Las vibraciones al al apretar la maneta de freno no indican nada positivo (no confundir con lo que ocurre cuando tenemos ABS y éste entra en funcionamiento). Ante una vibración no prevista debemos acudir rápidamente al taller para revisión, porque puede ser algo relativo al sistema de frenos, o de equilibrado de ruedas.
Si has de apretar más enérgicamente que antes los frenos para conseguir una misma capacidad de frenado, es posible que las pastillas o los discos necesiten revisión. No lo dejes pasar y llévalo al taller. Podría deberse a otras causas como la presencia de líquido sobre los discos o pastillas, lo que sea. El profesional te lo podrá solucionar.

La maneta de freno se acerca peligrosamente al manillar al apretarla. Mucho ojo porque podemos tener poca presión en el circuito de frenado, poco nivel de líquido de frenos o unas pastillas en las últimas
¿Ruidos? Tienen su significado

Si oímos un chirrido al frenar, tendremos que discernir si estamos ante el caso normal de un cambio rutinario de pastillas, algún elemento extraño que se ha metido en la zona de la pinza o bien que haya un problema en el sistema de frenado. Ante la duda, lleva tu moto al taller.

Los ruidos nunca son buenos indicadores de que algo esté correcto en una moto. Pueden ser ruidos habituales como el roce de la cadena o transmisión o ruidos aerodinámicos, pero pueden ser ruidos que indiquen algún fallo en el sistema de frenado. Si oímos un chirrido desagradable al aplicar presión sobre la maneta, manetas o pedal de freno, ¡muchísimo ojo!

Las pastillas gastadas hacen que la fricción contra los discos se convierta en una pesadilla con dentera incluida, pero también es peligroso porque se difumina cualquier frenada eficaz, poniendo en peligro a conductor y acompañante, además de a los demás conductores.
Revisiones y pasos por el taller

Las revisiones periódicas y las inspecciones técnicas son vitales para asegurar que nuestra moto pueda seguir circulando con normalidad y en niveles de seguridad estándar. No tratemos de ahorrarnos dinero en el sistema de frenado, si quieres ahorrar dinero piensa en esos extras que son meramente decorativos o muy, muy extra. Pero con la seguridad no se ahorra.

Los frenos que pasan de largo su vida útil y además están desgastados frenan peor. Simple pero real. Aumenta la distancia de frenado y éste es un aspecto que en moto debemos tenerlo controlado en todo momento, nunca sabes cuándo surgirá un imprevisto.

Decide, o al menos infórmate de qué sistema de frenado te están instalando. La información es oro, saber qué tienes en tu moto y si además es adecuado, es vital y tú ganarás en confianza.

Asegúrate de que las pastillas de freno están homologadas. El número de homologación ECE asegura que lo que nos va a frenar cumple las normativas en cuestión de seguridad. No juegues con componentes no homologados, por favor.

En conclusión, informarte de qué llevas montado en tu moto, saber detectar cuándo una pieza del sistema de frenado está fallando o está desgastada, conducir aplicando el sentido común y también procurando ser suave y sin abusar de los frenos son claves para mantenernos tranquilos, y saber que cuando necesitemos los frenos van a estar ahí para ayudarnos.

www.canariasenmoto.com/index.php?pagina=noticias&ver=noticia&id=5624

martes, 19 de abril de 2011

GUIA PARA MOTERO NOVATO

Introduccion (joe que mal suena)

Hay moteros, motoristas, snob-paga-fortunas-por-una-classic, y después queda la inmensa mayoría que busca en las dos ruedas una manera económica de disfrutar de sus desplazamientos al curro o de romper un poco con el encajonamiento cuadrangular que esta tiránica democracia nos regala a un módico precio.


El primer problema que sale a luz del motero novato es que por lo general empieza haciendo uso del carnet de automóvil que le permite conducir una moto de hasta 125cc sin previo paso por la adolescencia ciclo motera que es donde se ungen a fuego lento los moteros de pro y demás bestias que pululan a lomos de las dos ruedas.


¿Qué problema tiene el enlatado que de pronto es seducido por el lado oscuro del motor y se compra una 125 china (nacional, pakistaní o de casa su pajolera madre pero barata que riñe la parienta)? Pues que sigue con la misma tónica que cuando conduce su automóvil, es decir, sentado, escuchando la radio mientras apoya el codo en el alfeizar de la puerta con la ventanilla bajada murmurando alguna frase del “Padrino” para definir lo que le haría al gilipollas que lleva detrás esnifando su culo de chatarra coreana.


La radio esta puesta en el coche por que los psicólogos (Yanquis, seguro seguro) dijeron en su momento que era muy beneficiosos ya que el cerebro humano (masculino (*)) puede hacer o pensar dos cosas a la vez, y mientras la radio /música distrae a una, la otra está atenta a la carretera y no se pierde en el recuerdo de los voluptuosos pechos de la ultima foto web que le pasaron sus amigotes de la oficina o a meterle mano a la parienta que estrena mini.


Las motos no se conducen, “se pilotan” y si me preguntáis cual es la diferencia yo os contestare con pocas palabras. Conducir es ir en “X” del punto “A” al punto “B” y pilotar, cuando “X” es una prolongación sexual tuya y el ir de “A” a “B”, un orgasmo sin falta de limpiar nada. Por esta razon hay muchísimos más moteros que moteras, porque el hombre es el único animal de la creación que puede centrar todos sus pensamientos en un solo punto……..el sexo.


Cuando te subes a una moto, la dualidad (tu y ella) se convierte en una pequeña orgia (tu, ella, el firme en mal estado, el enlatado con prisas, el camionero que no frena, la señora que llega tarde a recoger a la prole etc.….) y necesitas de todos tus sentidos para poder llegar a viejo y jubilarte con el consiguiente detrimento de las arcas del estado y cabreo del ministro de finanzas de turno.


En esta Guía iré tocado varios temas siempre bajo un punto de vista serio pero a la vez mordaz, rallando lo sardónico, sarcástico e improcedente, porque la vida aunque no te la puedes tomar muy en serio, hay que saber guardarse las espaldas frente a ella.

Capitulo 1º : Como salir vivo de una rotonda

Lo primero es tomar conciencia de que eres el eslabón más débil de la cadena y no tienes airbags ni un chasis que absorba el golpe. Vas en pelota, desnudo, si acaso con una indumentaria que permitirá a los del Samur recogerte entero y no a trozos y por etapas, así que la “Razón”, podrá ser toda tuya, pero de poco te servirá en una silla de ruedas o jodido para el resto de tus días.


Dejémonos de elucubraciones tétricas y pongamos letras a las soluciones posibles y a como ¡¡Salir vivo de una rotonda!!


Antes de entrar en una rotonda hay que escoger carril y salgas por donde salgas solo podrás coger uno, el del miedo, el de los acojonados, el de las señoras mayores, el de la vergüenza motera………….el del exterior, el de la derecha de toda la vida.


Tenga los carriles que tenga tu rotonda, tú te pones en el primero sin importar la salida que vayas a coger y te situaras en el borde exterior (iz)de dicho carril, casi como para pasarte al segundo, así, en plan chulo, como que ¡¡no te acerques mucho que truño !!, evitaras hacer la rotonda encima de las manchas de aceite y que se te acerquen demasiado. Cuando salgas de la rotonda, lo haces también por el carril derecho negociando así la trazada, como debe ser, amplia y segura.

Coger las rotondas por el segundo carril tiene el gran problema de que cuando quieras salir e incorporarte al primero, tú moto estará en un plano inclinado (tumbando) que te impedirá tener una visión clara por los retrovisores, el derecho estará apuntando en un ángulo muy elevado y el izquierdo apuntando al suelo, así que te quedas ciego.


Los que ya tenemos espolones en las botas sí que cogemos este carril (el segundo o el mas interior) porque es el “más limpio” el que menos aceite y basura tiene de los camiones y autobuses que lo frecuentan y que hace que cuando llueve se convierta en ruleta rusa. Para usar este carril de listos y cagaprisas, tendrás que tener un control total de la situación y una potencia superior a los 60CV por si la situación se pone fea y salir por patas es la solución preferente, pero como esta es una guía para novatos mejor no dar más explicaciones que las carga el diablo.

Por último quedan los indecisos o repartidores de pizzas, los que usan la mitad de todo, los que se ponen en la línea divisoria y se pasa la cola de uno u otro carril por la hombría mientras en su mp3 suena la música de dos hombres y un destino.


Jamás, seas experto o primerizo, jamás salgas a una rotonda en medio de dos carriles ya que el enlatao que está a tu izquierda no te vera pues su atención esta fija en los que se aproximan por su izquierda y su cerebro recalentado listo para salir cagando ostias y coger la primera salida que es la que el de su derecha y el resto del mundo deberán coger por qué es la lógica y la que él y Dios escogieron en ese momento y si no, para que están los seguros.


Esto en cuanto a tu izquierda, pero el de la derecha aunque te ve perfectamente, es dueño de la verdad ganada a Dios la noche pasada a los chinos (**) y no le importara hacerse toda la rotonda con tal de joderte a ti y demostrarte que la derecha es el camino más lento, el más largo, pero el más seguro.


Por último añadir la bestia negra motera de las rotondas, esa que cuando estás en plena tumbada se aparece en la forma de un Seat león, amarillo, todo tuneado, tratando de superarte por tu izquierda. Sabes que en la próxima salida se te va a cruzar, le ves todas las intenciones y sabes que no va a frenar, ¿qué hacer?

Dependiendo de la potencia de tu moto y de lo adelantado que este respecto a ti, podrás hacer dos cosas: La primera es abrir gas y escaparte del problema ya que antes de que le dé por iniciar la maniobra tú ya le abras dejado atrás. La segunda es la que usan normalmente las chicas en otras situaciones similares y es la de ¡¡GRITAR !!. Toca el claxon o grítale para llamar su atención y se dé cuenta de que tu existes y no vas a coger su salida, pero nunca nunca nunca frenes (a lo mas acariciarlos y retener con el motor), si lo haces te llevaras todas las papeletas del sorteo de un beso por el duro asfalto.


Si has decidió desplazarte sobre dos ruedas, sea por la cuestión que sea, recuerda que la razón no es un chaleco que te eximirá de perder la vida o la de pasarte años en rehabilitación para volver a caminar. Recuerda que ocupas muy poco espacio en la mirada de los demás y que solo tu pericia y atención te hará salir de situaciones comprometidas. Las motos no son un juguete de moda o una manera de ahorrarte unas pelas en gasolina, cuando te subes a una, no estás jugando, te la estás jugando.



Continuara……….



El hefas.- aldeanu de pro.


(*) Esta salvedad es meramente anecdótica porque del cerebro femenino nada se sabe



(**) Todos tiene alguna divinidad colgando del retrovisor: La virgen de no sé donde, Jesucristo o San Cristóbal mientras que tu, como no tienes donde colgar a SanGlas, te jodes.

http://www.canariasenmoto.com/index.php?pagina=noticias&ver=noticia&id=5565

jueves, 14 de abril de 2011

CONSEJOS PARA ORGANIZAR UN EVENTO...

Cada día hay más grupos moteros, empresas y colectivos sociales que organizan eventos en los que no falta la típica excursión en moto... Pero, ¿saben cuáles son los requisitos legales para organizar este tipo de actividades?

Juan Carlos Toribio y la Mutua Motera ponen luz sobre el tema en el siguiente informe: Movilidad legal de motocicletas en grupo por la vía pública.

Objetivos: Potenciar la información sobre los derechos y libertades de los usuarios de motocicletas. Participar de la difusión de consejos y actividades de buenas prácticas en la conducción de motocicletas.

Fundamentación. Viene siendo habitual recibir en este Departamento consultas sobre que documentos hacen falta para realizar una excursión en motocicleta haciendo uso, en grupo previamente constituido, de la vía pública. Por considerar de interés dar respuesta a la cuestión en base a los objetivos del presente, se informa de los siguientes aspectos.

Análisis. Según el texto articulado de la Ley de Tráfico, R.D.L. 339/90 de 2 de marzo (B.O.E. nº 63 de 14 de marzo de 1990), el Ministerio del Interior, en el ámbito de la Ley referenciada, tiene atribuidas determinadas competencias. A los efectos que nos ocupa haremos especial mención de tres de ellas.

Artículo 5.m)
La autorización de pruebas deportivas que hayan de celebrarse utilizando en todo o parte del recorrido carreteras estatales, previo informe de las Administraciones titulares de las vías públicas afectadas.

Artículo 5.m) Informar, con carácter vinculante, las que se vayan a conceder por otros órganos autonómicos o municipales, cuando hayan de circular por vías públicas o de uso público en que la Administración General del Estado tiene atribuida la vigilancia y regulación del tráfico.

Artículo 5.n) Cerrar a la circulación, con carácter excepcional, carreteras o tramos de ellas, por razones de seguridad o fluidez del tráfico, en la forma que se determine reglamentariamente. Por otro lado, el Real Decreto 1428/2003, de 21 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo de 1990, establece en su ANEXO II, que trata sobre “Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos” una serie de artículos reguladores para actividades relacionadas con:

1. La práctica de pruebas competitivas organizadas (sección 1).

2. La práctica de marchas ciclistas (sección 2).

3. Eventos en que participen vehículos históricos (sección 3). El primero de los casos tiene por objeto establecer una regulación de la utilización de la vía para la realización de pruebas deportivas competitivas organizadas. El segundo supuesto, tiene por objeto establecer una regulación de las marchas ciclistas organizadas, concebidas como un ejercicio físico con fines deportivos, turísticos o culturales. Se entenderá por marchas ciclistas organizadas aquellas actividades de más de 50 ciclistas. El tercero de los casos guarda relación directa y exclusiva con aquellos eventos en que participen vehículos históricos conceptuados como tales de acuerdo con el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba su reglamento regulador, o de más de 25 años de antigüedad en número superior a 10, en los que se establezca una clasificación de velocidad o regularidad inferior a 50 kilómetros por hora de media, así como su participación en acontecimientos o manifestaciones turísticas, concentraciones, concursos de conservación o elegancia y, en general, cualquier clase de evento en los que no se establezca clasificación alguna sobre la base del movimiento de los vehículos, ya sea en función de su velocidad o de la regularidad, precisarán de autorización administrativa. Una excursión de motoristas, viaje turístico o paseo organizado de motoristas en grupo no puede ni debe encuadrarse en ninguno de los casos anteriormente expuestos y regulados de forma exclusiva por el entorno legal. Exento pues de regulación legal, este departamento de la A.M.M. llega a las conclusiones reflejadas en el siguiente apartado.

Conclusiones. A la vista de los contenidos del Reglamento General de Circulación y la Ley de Seguridad Vial, es parecer de este departamento que:

PRIMERO. La circulación de grupos de motoristas por la vía pública, sometidos a organización o no, con fines distintos a los reivindicativos (manifestación) o deportivos y siempre y cuando las motocicletas utilizadas no se encuentren dentro del Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba su reglamento regulador de vehículos históricos, o tengan más de 25 años de antigüedad, no está sujeta a autorización alguna.

SEGUNDO. La circulación de grupos de motoristas por la vía pública, sometidos a organización o no, sí está sujeta al cumplimiento de las normas de tráfico y circulación reglamentaria y legalmente establecidas.

Recomendaciones. Al objeto de reducir los riesgos viales, la repercusión en la fluidez del tráfico y la posible influencia negativa en la seguridad vial, que pueda encontrar su origen en el uso de la vía pública por grupos amplios de usuarios motociclistas sometidos a organización, se recomienda:

1. Comunicar a la Delegación o Subdelegación del Gobierno y a título informativo la ruta a seguir si la hubiera o conociese y el número de motocicletas previsto (aproximado), al objeto de facilitar la acción preventiva de riesgos viales de la administración, tal como la movilización de efectivos policiales para el cierre de cruces, cápsulas de seguridad, control y vigilancia del tráfico. Consultar anexos I y II del presente documento.

2. Comunicar al titular de la vía la actividad prevista, al objeto de influir en la toma acertada de decisiones de citado órgano gestor relacionada con una posible inspección previa por los servicios de mantenimiento.

3. No destinar personal de la organización ni ajeno a la misma a funciones de corte de carretera o carriles. Debe recordarse que este personal no está autorizado legalmente para estas funciones.

4. El personal de organización o ajeno a la misma, que cumpla funciones de señalización e indicación deberá situarse fuera de la plataforma (calzada y arcén) y estacionar su vehículo, si hiciera uso del mismo, cumpliendo con las normas dictadas por la Ley a tal efecto.

5. Todo personal de organización o ajeno a la misma que cumpla funciones de señalización o indicación deberá portar un equipo de protección individual de alta visibilidad (EN-471), favoreciendo así su identificación y localización.

6. Todo personal de organización o ajeno a la misma que cumpla funciones de señalización o indicación no deberá realizar señales que puedan generar distracción o confusión a otros usuarios de la vía.

7. Todo grupo superior a 15 motocicletas deberá dividirse en subgrupos no superiores a diez motocicletas acompañados de un guía.

8. La distancia de seguridad entre subgrupos debe ser la suficiente para garantizar la fluidez y seguridad del tráfico.

9. La distancia de seguridad entre unidades componentes de todo subgrupo deberá ser la suficiente que permita la detención de la motocicleta dentro de su campo de visión.

10. El orden de los componentes de todo subgrupo debe mantenerse, evitándose la maniobra de adelantamiento y reduciendo así los conflictos de riesgo entre compañeros.

lunes, 11 de abril de 2011

¿COMO DAR DE BAJA TEMPORAL LA MOTOCICLETA??

¿Qué pasa si alguien tiene una moto parada porque no la va a utilizar en un tiempo y si es o no recomendable dejar de pagar el seguro?. La respuesta; lo más apropiado cuando uno no va a usar una moto es darla de baja temporal en Tráfico. Las ventajas de hacerlo así son básicamente económicas: te ahorras el impuesto de circulación y también el seguro. ¿Las desventajas? Hay que pagar unas tasas mínimas y obviamente no puedes mover el vehículo, ya que entre otras cosas Tráfico te retiene la documentación. Vamos a repasar cómo se tramita la baja temporal de un vehículo. ¿Por qué se puede dar la baja temporal a un vehículo? Se puede dar de baja temporalmente un vehículo cuando lo vayamos a retirar de la circulación con carácter temporal, como sucede por ejemplo ante una larga estancia en otro país o cuando tenemos una avería muy costosa que no podemos reparar de forma inmediata, por poner un par de ejemplos. También se puede dar de baja temporalmente un vehículo cuando ha sido sustraído, siempre que hayamos denunciado el hecho, claro. Y cuando se entrega a un vendedor para que este lo ponga a la venta. Y cuando acaba un alquiler con opción de compra o un alquiler a largo plazo y el vehículo pasa a manos del arrendador para luego ser transmitido (vendido) o arrendado (alquilado). Trámites para la baja temporal Para tramitar la baja temporal de un vehículo hay que ir a la Jefatura de Tráfico de la provincia donde tengamos nuestro domicilio legal o de la provincia en la que esté matriculado el vehículo y solicitarlo mediante el formulario de bajas de vehículos, identificándonos con el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, con el permiso de conducir español o con el pasaporte más el número de identificación de extranjeros si es el caso o, para los vehículos que figuran a nombre de empresas, aportando la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditando los poderes necesarios. En el caso de menores o incapacitados son necesarios los datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y el documento que acredita el concepto por el que actúan. También nos van a pedir la documentación del vehículo, entendida como tal el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV. Ah, y una tasa de 8 euros a no ser que la baja temporal se tramite por sustracción del vehículo, para lo que nos pedirán la denuncia. Con todo eso en la mano, Tráfico retendrá la documentación y dará paso a la baja temporal del vehículo en sus registros. ¿Se puede dar de baja un vehículo precintado? Claro que sí, aunque antes hay que cancelar ese precinto. ¿Y se puede dar de baja un vehículo sobre el que pesa un embargo o una hipoteca mobiliaria? Si, sí, pero Tráfico comunicará al acreedor el nuevo estado del vehículo. Por otra parte, como Tráfico comunica al Ayuntamiento que el vehículo ha sido dado de baja, en el año siguiente podremos pedir al Organismo de Gestión Tributaria que nos abone los trimestres de Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica que nos haya cobrado “de más” a partir de la baja del vehículo. ¿Es necesario asegurar un vehículo que se da de baja? No, claro que no, pero hay que tener en cuenta que el periodo de vigencia de un seguro es anual y que lo pagamos por adelantado (aunque nos lo cobren fraccionadamente si es el caso), y que la compañía aseguradora no tiene por qué abonarnos nada (“extorno”, se llama eso) si damos de baja el vehículo, aunque todo se puede negociar. De hecho, lo más indicado es plantear la situación a la aseguradora y acordar una solución entre las dos partes. Va un ejemplo: En una ocasión di de baja un coche 15 días después de haber pagado el seguro de todo un año (lo sé, soy un desastre). Al comentarlo con mi aseguradora, primero me ofrecieron descontarme el dinero al año siguiente sobre el seguro de otro coche que tenía, pero al confirmales que mi nombre era Josep Camós y no Adnan Kashogui y que necesitaba el dinero para cosas como comer, vestirme y apadrinar un banquero, se apiadaron de mí y me extornaron hasta el último céntimo de lo que les había pagado. En cualquier caso, un vehículo dado de baja temporal es un vehículo que no debe circular. Y para circular con un vehículo dado de baja temporal… No hay un plazo máximo para dejar un vehículo en situación de baja temporal. Es un impasse en el que está prohibido circular con ese vehículo por las vías públicas y por las vías y terrenos privados que emplee cualquiera para circular, como puede ser el parking de un hipermercado. Cuando queramos volver a emplear ese vehículo con total normalidad debemos seguir los siguientes pasos: Presentar en la Jefatura de Tráfico una solicitud con el mismo formato que hemos visto antes, identificándonos como hemos visto antes y abonando otros 8 euros de tasa a no ser que la baja fuera por sustracción, ya que en tal caso nos pedirán el acta de recuperación del vehículo. Acreditar que el vehículo está al corriente de la ITV, aunque si mientras el vehículo estuvo de baja temporal se le caducó la ITV habrá que llevarlo a inspección antes de pasar por Tráfico, y eso significa que habrá que hacerlo sin poder circular con el vehículo, de manera que para ir bien tendremos que emplear una grúa para el traslado. En el caso de vehículos agrícolas, aportar el alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma, y en el caso de autobuses o en el de vehículos destinados al transporte de mercancías con MMA superior a 6 toneladas y carga superior a 3,5 toneladas habrá que aportar título habilitante para realizar transportes o la acreditación de que se cumplen todas las condiciones para obtener ese título. Dejando de lado los trámites que autorizan de nuevo a la circulación, lógicamente tenemos que reactivar el seguro para que el vehículo pueda transitar por las vías abiertas al tráfico. Una vez hecho esto… ¡a circular de nuevo con nuestro bello vehículo durmiente! www.canariasenmoto.com/index.php?pagina=noticias&ver=noticia&id=5510

miércoles, 6 de abril de 2011

LLEGO LA HORA DE CAMBIAR EL CASCO

¿Sabías que los cascos fabricados con material termoplástico tienen fecha de caducidad? Es complicado saber cuál es, pues depende en gran medida de su exposición a los rayos solares y a las pinturas (de mejor o mayor calidad) que puedan protegerlos de las radiaciones. Los de fibras y los realizados en ABS y otro tipo de resinas, en cambio, sólo hay que cuidarlos correctamente para que nos duren muchos años. Eso sí, todos llevan piezas de plásticos susceptibles de deteriorarse Cuidado esencial El principal enemigo de los cascos son los impactos. Y es que están preparados para absorber un fuerte impacto y no más. Incluso en el caso de que se os caiga al suelo puede que ya se haya dañado lo sufi ciente como para desecharlo. Tampoco les viene bien, según las recomendaciones de la mayoría de los fabricantes, que lo pintes con cualquier espray, o que lo utilices de taburete, o que lo lleves colgado de algún soporte de la moto cuando vas en marcha... Ahora bien, si te toca o quieres cambiarlo, piensa que aunque cueste caro, un buen casco dura muchos años y no tienes más que dividir su precio entre el número de días que lo vas a disfrutar y ya verás cómo no es para tanto. Diez motivos para jubilar tu casco: 1 Se te ha caido el casco y se ha golpeado con un saliente, con lo que tienes dudas de si se ha dañado. No merece la pena vivir con esa duda. 2 Los cascos de alta gama no resultan tan caros si divides su precio entre el número de años que te va a durar. Seguro que tienes por ahí algún vicio que te cueste más dinero diariamente. 3 Tienes un casco de plástico y te has dado cuenta cuenta de que los hay de fibra, más ligeros y resistentes, con lo que por fi n te has decidido a invertir en tu seguridad. 4 Un amigo, con el que has compartido un viaje en moto, llevaba un casco más silencioso y mejor ventilado que el tuyo. No le volverás a tener envidia. 5 Tu piloto favorito ha cambiado de diseño y/o de marca y no te entra por la cabeza «abandonarle» en su nueva andadura. Fiel hasta el fi nal. 6 Los cascos de policarbonato tienen una fecha de caducidad, por eso llevan una etiqueta con la fecha de fabricación. Va siendo hora de que lo cambies. 7 Hasta ahora te gustaba ir con la cara al aire, con un casco abierto, pero te has dado cuenta de que los integrales son mucho más seguros. Pues ya sabes. 8 Estás dándole vueltas a un intercomunicador con sistema bluetooth y has visto un casco que lo lleva preinstalado. Ya tienes el empujoncito que te faltaba. 9 Antes te gustaban los colores y te compraste el réplica de un piloto japonés. Has cambiado y ahora quieres colores más discretos, y si es blanco, mejor. 10 Porque te apetece y tienes el dinero para cambiarlo. Al fin y al cabo, ¿a quién le importa lo que hagas con tu pasta? www.motociclismo.es/Noticias/llego-hora-cambiar-casco/11431

lunes, 4 de abril de 2011

Cómo traerte tu moto de fuera

Los trámites y documentos principales a tener en cuenta son: ITV. Primero hay que pasar la ITV, en donde se identifica la moto, se verifica que tiene homologación de la Unión Europea y se pasa una inspección normal de ITV. Certificado de Conformidad. Para pasar la ITV necesitamos el Certificado de Conformidad (COC), que es emitido por el fabricante o el importador, la factura de compra y el DNI. De esta manera se obtiene la Ficha Técnica del coche o Tarjeta ITV. Ficha reducida. Si no dispones de COC, debes obtener una Ficha Reducida que certifique que el vehículo está homologado en el UE. Esta ficha, junto con los mismos documentos de antes, permiten la obtención de la Ficha Técnica. Impuesto de circulación, también llamado Impuesto Municipal e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Se paga en tu ayuntamiento, y debes ir con tu DNI y con la Tarjeta ITV. Se abona en función del modelo de coche y de los meses que queden hasta que termine el año. IVA. Lo pagaste en origen al tener la residencia fuera. Art. 28 y 29 de la Ley del IVA. Matriculación. No tienes que abonar el impuesto si cumples los siguientes supuestos (Art. 65 y 66 Ley 38/1992 de Impuestos Especiales). Primero, si has tenido tu residencia fiscal fuera del territorio español en los 12 meses anteriores al traslado. Segundo, la moto se tiene que haber adquirido o importado en las condiciones normales de tributación en el país de origen o procedencia, y no se deberán haber beneficiado de ninguna exención o devolución de las cuotas devengadas con ocasión de su salida de dicho país. Tercero, la moto deberá haber sido utilizada por el interesado en su antigua residencia al menos seis meses antes de la fecha en que haya abandonado aquélla. Cuarto, la matriculación deberá solicitarse en el plazo de 30 días desde que se utiliza en España. El plazo se amplía a 60 días en el caso en el que el traslado sea definitivo. Y quinto, la moto con exención no deberá ser transmitida durante el plazo de 12 meses posteriores a la matriculación. Recuerda •Los trámites en el caso de comprar una moto en el extranjero con residencia en España varían un poco. •Los cuatro primeros pasos que te hemos comentado (ITV, Certificado de Conformidad, Ficha Reducida e Impuesto de Circulación), son los mismos. •La primera diferencia es relativa al IVA, que se debe liquidar en España (en el país de destino), a no ser que la moto sea usada, que entonces se liquida en el país de origen. Si se la compraste a un particular, entonces debes abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Hacienda de tu comunidad autónoma. •También es diferente el Impuesto de Matriculación. Si es una moto de importación, debes abonar este tributo en España. Los trámites para realizarlo los encontrarás en el especial Gestoría del número 2.239 de MOTOCICLISMO. www.motociclismo.es/Noticias/como-traerte-tu-moto-fuera/11408