lunes, 11 de mayo de 2015

GRABAR EN MOTO

Con respecto a este artículo:

http://consejosmotoclubsoplones.blogspot.com.es/2015/02/puedo-grabar-desde-la-moto-mientras.html

Hemos recibido la siguiente respuesta de un amigo:

Buenas noches:
Me pongo en contacto con ustedes para comunicarles que en su artículo del 23 de febrero de este año, donde dicen que es ilegal grabar tanto en coche como en moto, están totalmente equivocados. La ley de protección, es el Artículo 2, ámbito de aplicación, dice muy claro:
El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:
    a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
Esto quiere decir, que si yo grabo imágenes para verlas yo en mi casa, guardarlas o borrarlas, es totalmente legal, y ningún guardia civil puede decir lo contrario, y si lo hace, y aun por encima "requisa" la cámara,  podríamos denunciarlo por abuso de autoridad, porque esta incumpliendo la ley, ya que la ley que ellos dicen que incumplimos nos dice que si podemos hacerlo si es para nosotros mismos, solo podrían multarnos si nos pillan colgando un video con esos datos a internet, etc. He leído mucho respecto a este tema, ya que en mi coche y en mi moto voy grabando, y he tenido conversaciones con guardia civiles y con un par de amigos abogados y todos me dan la razón. Ahora, ustedes son libres de poner lo que quieran en el blog lógicamente, simplemente escribo esto para informar. Reciban un cordial saludo